Agentes del Sistema de CAE
En ese caso, según el artículo 12.4 del Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, el verificador informará al solicitante de defectos de forma o calidad en la información aportada, requiriendo la subsanación del expediente CAE en caso de que sea posible. Si dicha subsanación no se realiza o es deficiente, el verificador emitirá un dictamen desfavorable sobre la actuación y no se podrá solicitar la emisión de CAE para dicha actuación.