Agentes del Sistema de CAE
Se puede acreditar como verificador de ahorro energético todas aquellas personas jurídicas que cumplan todos los requisitos establecidos en el protocolo de acreditación que publique la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) al respecto (Orden TED/815/2023, de 18 de julio, artículo 12). Para más información, consultar el procedimiento de acreditación publicado en la web de ENAC.