Criterios de verificación y dudas generales
En aras a evitar el fraude y, en concreto, a evitar que se puedan consignar ahorros correspondientes a viajes no realizados (o no evitados en cuanto a su alternativa en otros vehículos), el anexo III dispone una serie de criterios antifraude.
El primer punto de estos criterios trata de asegurar la correcta identificación de los usuarios (conductores y pasajeros). El segundo punto, dispone el requerimiento de geolocalización de ubicaciones de salida, llegada y trayecto, de acuerdo con el viaje contratado.
La no disposición de estas evidencias de identificación de personas y de geolocalización introduce el riesgo de simular viajes por los que se podrían generar ahorros certificables y por lo tanto receptores fraudulentos del incentivo del sistema de CAE.
Por otra parte, resulta evidente que la fabricación de sistemáticas de fraude antes de la solicitud y oferta efectiva de ahorros en este ámbito es improbable, por lo que desde la Subdirección de Eficiencia y Acceso a la Energía (SGEAE) se disponen los siguientes criterios adicionales de verificación válidos para aquellos viajes contratados hasta el día 18 de julio de 2024 (incluido el 18):