Solicitud de acreditación como sujeto delegado
Las empresas que quieran acreditarse como sujetos obligados del Sistema de CAE deberán contar para los dos últimos ejercicios disponibles con unos fondos propios superiores a 500.000,00 €, lo que se acreditará con la presentación del balance y cuenta de pérdidas y ganancias conforme a los modelos normales o abreviados, según corresponda, de las cuentas anuales establecidos en el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad. En el caso de entidades que deban presentar sus cuentas anuales según lo establecido en la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública, deberá presentarse balance y cuenta del resultado económico patrimonial.